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Dinero

Insolvencia y endeudamiento de las familias

Llegar a final de mes se hace especialmente cuesta arriba cuando los ingresos de las familias se ven mermados y los gastos se mantienen. De todos es sabido que la clase media durante estos años ha mantenido un nivel de gasto alto, asumiendo en muchos casos endeudamientos del tipo hipotecas, préstamos por compra de vehículos, financiación para la compra de electrodomésticos y muebles para la casa, créditos para viajes y otras tantas disposiciones de dinero que, ante la actual coyuntura económica pueden hacer perder la estabilidad a cualquier economía familiar. Dejar de pagar nunca es la solución. Los expertos en derecho económico aconsejan llegar a un acuerdo con los acreedores a quienes se debe dinero a fin de establecer un plan de pagos más cómodo y adaptado a tu realidad económica. Si bien, alcanzar este acuerdo puede ser más o menos fácil cuando el acreedor es solo uno, por ejemplo por un préstamo concedido para comprar un coche. Siendo difícil poner de acuerdo a todas las partes cuando los créditos son varios y con varios acreedores.

Concurso de acreedores para familias y personas físicas

Los diferentes gobiernos han pretendido dar una solución a las familias que se ven imposibilitadas a asumir los créditos acumulados en los últimos años debido a la falta de ingresos. Hace unos años se ingenió una fórmula similar a la disponible para las empresas, conocida como “Concurso de acreedores” y que es titular en muchos telediarios cuando afectan a entidades comerciales. La modificación de la Ley concursal permite a las familias acogerse al concurso de acreedores como solución al impago y el endeudamiento progresivo, siendo una alternativa con peculiaridades que arroja algunas ventajas y serios inconvenientes, además de dificultades prácticas. Por ello, no resulta fácil optar por esta solución. Según las estadísticas del INE, tras la entrada en vigor de la modificación a la Ley concursal, apenas dos centenares de familias se acogen anualmente a esta modalidad propuesta para afrontar sus deudas. Por tanto, ¿Quién puede acogerse a un concurso de acreedores personal? La suspensión de pagos y el correspondiente convenio para afrontar las deudas es una solución a la que acuden las personas que han perdido su puesto de trabajo y no pueden hacer frente a las deudas acumuladas, sumando a ellas la hipoteca de la vivienda. La hipoteca de la vivienda habitual suele ser la deuda mayor de las familias y tiene su peculiaridad en el concurso de acreedores y la suspensión de pagos. Optar por un concurso de acreedores no paraliza la hipoteca. El titular debe seguir haciendo frente a los pagos mensuales y puede verse en la situación de que la entidad bancaria ejecute la hipoteca, perdiendo la casa. Caso diferente es cuando en la vivienda habitual se ejerce la profesión, por ejemplo la consulta que un abogado o un dentista tiene habilitada en una zona de su casa. En este caso la vivienda se considera local de la empresa y se da un plazo de hasta un año para afrontar la deuda.

Ventajas e inconvenientes de declararse en insolvencia

El concurso de acreedores a que se pueden acoger las personas físicas (y familias en calidad de matrimonio) para negociar las deudas contraídas está sujeto al cumplimiento de un proceso judicial. La familia debe poner en conocimiento del juzgado la situación actual o potencial de impago, justificando el no poder hacer frente a las deudas. Este proceso se inicia a través de una representación letrada: abogado y procurador, que debe afrontar quien se declara insolvente, así como los gastos judiciales. Este gasto añadido hace que las personas ya de por sí endeudadas no puedan asumir una nueva carga que puede suponer hasta el 15% de la deuda previa. No obstante, los abogados y procuradores de oficio ayudan a abaratar los costes. Una vez que se ha transmitido al juzgado correspondiente la situación de impago e informado de las diferentes deudas contraídas con cada acreedor, el magistrado de turno pone a disposición de la familia a un administrador concursal (cuyo gasto también se ha de asumir). El objetivo del concurso de acreedores es llegar a un convenio con las entidades con las que se tienen contraídos créditos a fin de establecer un nuevo plan de pagos ajustado a las circunstancias o la liquidación de los bienes de la familia. En cualquier caso se trata de un proceso penoso, lento y caro que puede acabar con la moral de cualquiera, si bien hay personas a las que les permite tomar aliento y afrontar la situación con solvencia. Afrontar la deuda mediante esta fórmula jurídica, pensada para empresas y abierta a todos los públicos, permite contar con un plazo de hasta 5 años para hacer frente a los pagos, que según el convenio llevado a cabo con las diversas partes implicadas puede llevar a una condonación del 50%. Todo esto considerando que es un instrumento legal pensado para las empresas y que una familia debe contar con un mínimo de solvencia para afrontar la manutención y gastos básicos y que solo es aconsejable acogerse al concurso para atender deudas contraídas por préstamos, no por hipotecas, sujetas estas a su propia jurisprudencia. Conforme a lo anterior, consideramos que es una fórmula en exceso complicada y que existe en España una carencia importante en materia de asesoramiento a familias en dificultades económicas. Siendo Contante un Asociado de Aemip(Asociación Española de Micropréstamos), nuestra experiencia nos dice que a menudo la mayor dificultad de un deudor consiste en su incapacidad para emprender una negociación compleja. Es por ello que vemos clave la figura del Agente Mediador, que siendo un abogado externo, centraliza toda la interlocución del deudor, ofreciéndole soluciones, similares a las del Concurso de Acreedores, pero mucho más rápidas y económicas. Desde AEMIP, aconsejamos afrontar el problema de forma profesional y efectiva a la mayor brevedad, para evitar incurrir en mayores costes. Cabe esperar una postura comprensiva en los acreedores, cuyos especialistas están acostumbrados a tratar situaciones complejas. ¿Cuál es tu experiencia? ¿Te has sometido alguna vez a un concurso de acreedores?  
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